La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló los criterios emitidos por el INE para la distribución de diputaciones por el principio de representación proporcional (plurinominales), con lo que se evitan “mayorías artificiales” o sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados.
El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera fue sometido el martes a análisis y votación para determinar si el Instituto Nacional Electoral actuó bien al determinar la aplicación de la fórmula de asignación de las curules plurinominales en San Lázaro, con base en los resultados que cada uno obtenga en la jornada electoral.
De esa forma se busca aplicar la afiliación efectiva entre todos los candidatos que compitan por un curul, con la finalidad de que nadie sobrepase el 8% que estipula la Constitución.
La sentencia del TEPJF refiere que el diseño normativo constitucional establece que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida.
Morena, el Partido Encuentro Solidario y el PAN habían impugnado la resolución del INE, advirtiendo que el órgano electoral se excedió en sus facultades, no obstante, la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que con ello se evitan prácticas que pretenden evadir los límites de la sobrerrepresentación.
Así, quienes sean postulados por un partido deberán acreditar su militancia al instituto político correspondiente y que no exista el “préstamo” de candidaturas de un partido mayoritario a uno minoritario.
El magistrado Felipe de la Mata señaló que se trata de garantizar una mejor representatividad en el Congreso.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora apuntó que con esta decisión se evita que los intereses de las minorías se confundan con los de las mayorías.